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ECONOMÃA
20 de febrero de 2026
La expectativa estaba puesta en la votación en particular de este ítem durante el debate de la reforma laboral. El análisis de especialistas sobre cómo se implementará, su impacto en el sistema previsional y cómo beneficiaría al equipo económico
La contadora Elisabet Piacentini explicó que el artículo 61 del proyecto establece: “Las cuentas de los Fondos de Asistencia Laboral se conformarán con una contribución mensual obligatoria del uno por ciento para las grandes empresas y dos coma cinco por ciento para las micro, pequeñas y medianas empresas, de acuerdo a la ley PYME”. Piacentini aclaró que estos aportes se calculan sobre las remuneraciones que sirven de base para el resto de las cargas sociales. Así, “en el formulario de cargas sociales, ahora aparecerá que también se paga el dos coma cinco por ciento de este concepto”.
“Si pagás, te lo descontás de los aportes a la seguridad social, a las cajas de jubilación. O sea, el efecto es neutro. En caso de ser una pyme, voy a tener que pagar 2,5% más de todos los sueldos, pero mi efecto va a ser neutro y voy formando un fondo que va a estar a nombre de mi empresa”, detalló Piacentini. En caso de despido, el empleador utilizaría ese fondo para cubrir la indemnización.
Entre empresarios y analistas surgieron dudas sobre la viabilidad del esquema, especialmente por el contexto económico actual, marcado por la falta de crecimiento sostenido del empleo privado formal. El sistema previsional argentino se financia principalmente con aportes y contribuciones patronales provenientes del empleo privado y del monotributo. Por eso, una reducción en el flujo de aportes podría afectar el equilibrio financiero del sistema, en particular si la dinámica del empleo privado no se expande.
Una postura diferente tuvo Pablo Mastromarino, abogado laboralista, para quien los porcentajes que implica del FAL de reducción de las contribuciones patronales no necesariamente implican un desfinanciamiento del sistema previsional. “El sistema previsional se ha venido desfinanciando desde los últimos años por un montón de otras decisiones que van desde la estatización del AFJP hasta las moratorias”, comentó.
La iniciativa excluye de la reducción de contribuciones patronales a los empleadores que contraten personal bajo el régimen de incentivo a la formalización laboral. Para esos casos, el beneficio no aplicará, según establece el artículo 77 del proyecto, con el propósito de evitar una doble exención para ciertos empleadores.
La discusión sobre el Fondo de Asistencia Laboral generó un intenso debate en la Cámara de Diputados, donde varios bloques solicitaron mayores precisiones técnicas y proyecciones sobre el comportamiento del fondo. El oficialismo defendió la iniciativa al argumentar que el esquema facilitará la movilidad laboral y reducirá los litigios por despido, mientras que la oposición reclamó mayor claridad sobre los efectos en la recaudación previsional.