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27 de mayo de 2026

Liberaron al dirigente que le pegó un cabezazo y le fracturó la nariz a un diputado libertario en Tucumán

Marcelo "Pichón" Segura había recibido cuatro meses de prisión preventiva. Sin embargo, a poco más de dos meses del hecho, el juez Robín Márquez homologó el acuerdo de juicio abreviado, dispuso una pena condicional y le otorgó la libertad

A poco más de dos meses del brutal cabezazo que le fracturó la nariz a un diputado libertario, el dirigente tucumano Marcelo "Pichón" Segura obtuvo la libertad este martes tras un acuerdo entre la fiscalía y la defensa. Todo se confirmó tras la disposición del juez Robín Márquez que homologó el juicio abreviado y lo condenó a tres años de prisión en modalidad condicional.

El hecho tuvo su origen el pasado 11 de marzo cuando Segura, acompañado por otras personas, interceptó a un grupo de funcionarios y legisladores en la localidad de La Madrid, después de unas lluvias torrenciales que provocaron inundaciones en el pueblo. Entre los representantes que fueron increpados, estaba el diputado de La Libertad Avanza, Federico Agustín Pelli, quien recibió un cabezazo y tuvo que ser intervenido por una fractura en su nariz.

El fallo, al que accedió Infobae, estableció reglas de conducta estrictas que Segura deberá respetar durante los tres años que dure la pena: prohibición de acercarse a menos de 300 metros de Pelli, abstención del uso de armas, drogas o alcohol, y la obligación de someterse a un tratamiento médico-psicológico orientado al control de la ira.

El expediente será remitido al juzgado de ejecución penal para el seguimiento del cumplimiento de esas obligaciones. La querella conserva la posibilidad de apelar la resolución, aunque esa vía no alteraría la situación de libertad de Segura, salvo que existiera una orden de detención vigente en su contra.

La fiscal Gabriela Gilardi, de la Unidad Fiscal de Investigación Especializada en Homicidios, presentó el acuerdo de juicio abreviado alcanzado con la defensa, representada por el abogado Ernesto Baclini. El pacto incluyó la admisión de responsabilidad penal por parte del imputado y la fijación de la pena en modalidad condicional.

El Ministerio Público Fiscal ponderó como agravantes la violencia desplegada, el aprovechamiento de la indefensión de la víctima y el contexto de alta exposición pública del episodio. Como atenuantes, consideró la ausencia de antecedentes condenatorios, el arraigo familiar y la colaboración del imputado con la justicia.

El abogado Juan Colombres Garmendia, en representación del diputado Pelli, expresó su rechazo al acuerdo. Argumentó que ni la víctima ni su representante participaron en ninguna instancia de la negociación, y que la investigación resultó incompleta al no haberse identificado a todos los involucrados en la agresión ni recuperado el teléfono celular del imputado.

La querella también sostuvo que la pena acordada era insuficiente frente a la gravedad del episodio y solicitó una condena de tres años y medio de prisión de cumplimiento efectivo. Además, pidió que las restricciones de acercamiento se extendieran al grupo familiar de la víctima.

El juez Márquez analizó cada uno de esos planteos y los desestimó. En la resolución, fundamentó que el Código Procesal Penal de Tucumán no exige la conformidad de la querella para la validez del procedimiento abreviado, y que el reconocimiento de responsabilidad por parte de Segura resultó suficiente y válido.

El magistrado también consideró que el conjunto probatorio reunido —registros audiovisuales, testimonios presenciales, informes médicos y criminalísticos— era coherente y contundente para acreditar tanto el hecho como la autoría, sin que las omisiones señaladas por la parte querellante alcanzaran a invalidar el acuerdo. Sobre la extensión de las restricciones al entorno familiar de Pelli, el fallo indicó que no existían elementos objetivos que justificaran esa medida, dado que no se acreditó riesgo concreto hacia terceras personas.

La situación procesal de Segura había experimentado una primera modificación semanas antes de la sentencia definitiva. El juez interviniente le había concedido el beneficio del arresto domiciliario, con supervisión mediante tobillera electrónica y custodia policial sorpresiva, tras la presentación de informes médicos que acreditaban que el imputado padece hipertensión y diabetes.

El plazo de cuatro meses originalmente dispuesto para la medida de coerción se mantuvo, pero bajo esa nueva modalidad domiciliaria. Con la homologación del juicio abreviado, el arresto quedó sin efecto y el magistrado dispuso el cese inmediato de la detención, al considerar que resultaba desproporcionada frente a la condena condicional impuesta.

Segura reside en San Miguel de Tucumán y figura como empleado del Superior Gobierno de la Provincia de Tucumán, con última liquidación de haberes registrada en febrero pasado. El diario La Gaceta señaló que tendría vínculos con el ministro del Interior tucumano, Darío Monteros, y que trabajaría como personal de seguridad en dependencias de esa cartera.

Su defensor, Baclini, aseguró que Segura está "arrepentido" por lo ocurrido y sostuvo que la agresión se produjo en el marco de una discusión previa, por lo que no habría sido planificada. La agresión quedó registrada en video y fue corroborada por testimonios presenciales y documentación médica. El legislador debió ser trasladado de urgencia a un centro hospitalario y sometido a una intervención quirúrgica para reparar la fractura nasal.

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